REVISOR INDEPENDIENTE

Asesórate con un profesional certificado de Primera categoría

¿Qué es un Revisor Independiente?

Profesional competente, con inscripción vigente en el correspondiente Registro del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que verifica e informa al respectivo Director de Obras Municipales que los anteproyectos, proyectos y obras cumplen con todas las disposiciones legales y reglamentarias pertinentes. Se entenderá también como tal, la persona jurídica en cuyo objetivo social esté comprendido dicho servicio y que para estos efectos actúe a través de un profesional competente.

Art. 1.1.2. OGUC

¿Es obligatorio contar con Revisor Independiente?
Sólo en obras cuya carga de ocupación sea mayor a 100 personas, es decir, según queda definido también en el Art. 1.1.2 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción (OGUC), cuando se trata de un edificio de uso público.
¿Cuáles son las funciones de los Revisores Independientes?

El Revisor tiene el deber de supervisar de manera imparcial que el diseño de las edificaciones cumplan con los requisitos técnicos, legales, normativos y de seguridad de acuerdo a las normativas vigentes. Para estos fines él deberá revisar el proyecto y emitir un Informe, el que puede ser favorable o no.

El informe deberá ir acompañado de una copia del Certificado de Inscripción Vigente en el Registro Nacional de Revisores Independientes de Obras de Construcción, para ser incluido en el respectivo expediente municipal.

¿Qué significan las categorías de los Revisores Independientes?

Existen 3 tipos o categorías de Revisores Independientes de arquitectura:

Categoría 1) Son los profesionales más completos y con mayor experiencia, por lo mismo pueden revisar cualquier tipo de proyecto, sin límites de ningún tipo.

Categoría 2) Podrá revisar proyectos de un máximo de 5.000 m²

Categoría 2) Podrá revisar proyectos de un máximo de 2.000 m²

¿Cuál es su Responsabilidad Legal?

Estos profesionales actúan de manera subsidiaria respecto de la responsabilidad del cumplimiento de las normas, con el Arquitecto patrocinante del permiso.

¿El arquitecto puede además ser Revisor Independiente en un mismo proyecto?
Si, pero solamente en proyectos referidos a una sola vivienda, o a una o mas viviendas progresivas o infraestructuras sanitarias a que se refiere el artículo 116 Bis A) de la Ley General de Urbanismo y Construcciones, en los que podrá actuar el arquitecto como Revisor Independiente. (Art. 1.2.5. OGUC)

Beneficios de contar con un Revisor Independiente

Tu expediente no será rechazado

No podrá rechazarse el ingreso de una solicitud, si ésta cuenta con informe favorable de un Revisor

Plazos menores de respuesta en Dirección de Obras

La Dirección de Obras Municipales tendrá un plazo de 30 días, desde la fecha de ingreso de la solicitud, para responder sobre los permisos solicitados y 15 días para solicitudes de aprobación de anteproyectos. El plazo de 30 días se reducirá a 15 días, si la solicitud se acompaña de un informe favorable de un Revisor Independiente o del arquitecto proyectista, según corresponda

Rebaja de un 30% en pago de derechos municipales
Para la determinación de los derechos municipales se estará al procedimiento indicado en el artículo 5.1.14. OGUC. En caso que el proyecto cuente con informe de revisor independiente los derechos municipales se rebajarán en un 30%
Documentación sin errores

Los Revisores independientes se deben asegurar que tanto los documentos como la planimetría del expediente se ingresen con la información correcta y una vez comprobada la viabilidad del proyecto, se entregará un informe favorable que lo certifica.

Nuestros Servicios

Revisor Independiente de Primera Categoría

  • Revisión de proyectos sin límite de m2, todo destino

Estudios y Normativas

Somos especialistas en revisiones, regularizaciones, normativas y diseño

m² Revisados

Años de experiencia

Asesorías

IMIV

Contamos con una amplia experiencia en asesorías, revisiones, regularizaciones, informes de Mitigación Vial (IMIV) y diseño en diversos proyectos para distintas áreas, tales como industrias, gobierno, retail, salud, educación e inmobiliarias. Ofrecemos nuestros servicios tanto a empresas privadas como a entidades públicas y corporaciones.

Nuestro sello

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La diferencia entre buena y mala arquitectura es el tiempo que pasas en ella.
- David Chipperfield

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Nosotros

Somos un equipo conformado por arquitectos ,revisores independientes de arquitectura de primera categoría y revisores de cálculo estructural de primera categoría. Contamos con profesionales capaces de analizar, proponer, diseñar, regularizar y ejecutar cualquier proyecto, independientemente de su tamaño y complejidad. Tenemos una larga trayectoria y experiencia que avala la revisión de más de 300,000 m²​.

Nuestro equipo está a tu disposición para cualquier proyecto que tengas en mente.

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Certificado TE1

El TE1 es un certificado emitido por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC). Este certificado asegura que una instalación eléctrica cumple con todas las normativas eléctricas vigentes, especificadas en la Norma RIC 2021, la cual sustituye a la anterior norma NCH Elec. 4/2003.

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Cambio de destino

El cambio de destino consiste en solicitar y gestionar la modificación total o parcial del uso original de una propiedad, de acuerdo con los permisos y recepción final ya obtenidos, además de estar en zona autorizada según el plan regulador respectivo.

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Revisor de cálculo estructural

Es un profesional experto encargado de analizar y evaluar proyectos de cálculo estructural. Su función es certificar que los anteproyectos, proyectos y obras cumplen con todas las normativas y disposiciones legales vigentes.

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