REVISOR INDEPENDIENTE

Asesórate con un profesional certificado de Primera Categoría

¿Qué es un Revisor Independiente?

Profesional competente, con inscripción vigente en el correspondiente Registro del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, que verifica e informa al respectivo Director de Obras Municipales que los anteproyectos, proyectos y obras cumplen con todas las disposiciones legales y reglamentarias pertinentes. Se entenderá también como tal, la persona jurídica en cuyo objetivo social esté comprendido dicho servicio y que para estos efectos actúe a través de un profesional competente.

Art. 1.1.2. OGUC

¿Es obligatorio contar con Revisor Independiente?
Sólo en obras cuya carga de ocupación sea mayor a 100 personas, es decir, según queda definido también en el Art. 1.1.2 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcción (OGUC), cuando se trata de un edificio de uso público.
¿Cuáles son las funciones de los Revisores Independientes?
El Revisor Independiente tiene la función de verificar de manera imparcial que los proyectos cumplan con las disposiciones legales y reglamentarias aplicables. Para ello, revisa los antecedentes del proyecto y emite el correspondiente informe.

Cuando corresponde un informe favorable, este debe acompañarse del Certificado de Inscripción Vigente en el Registro Nacional de Revisores Independientes de Obras de Construcción e incorporarse al respectivo expediente municipal.

¿Qué significan las categorías de los Revisores Independientes?

Existen tres categorías de Revisores Independientes de arquitectura, según el tipo y superficie de los proyectos que pueden revisar:

Categoría 1: Puede revisar proyectos sin límite de superficie.

Categoría 2: Puede revisar proyectos de hasta 5.000 m².

Categoría 3: Puede revisar proyectos de hasta 2.500 m².

¿Cuál es su Responsabilidad Legal?
El Revisor Independiente es solidariamente responsable con el arquitecto que realiza el proyecto de arquitectura, en lo relativo al cumplimiento de las normas legales, reglamentarias y técnicas aplicables al proyecto y sus obras.
¿El arquitecto puede además ser Revisor Independiente en un mismo proyecto?

En general, no. El Revisor Independiente no puede actuar en esa calidad en un proyecto en el que también intervenga como arquitecto. Sin embargo, la OGUC contempla excepciones para proyectos referidos a una sola vivienda, viviendas progresivas o infraestructuras sanitarias señaladas en el artículo 116 bis A) de la LGUC. (Art. 1.2.5. OGUC)

Beneficios de contar con un Revisor Independiente

Facilita el ingreso del expediente

No podrá rechazarse el ingreso de una solicitud si esta cuenta con informe favorable de un Revisor Independiente.

Plazos menores de respuesta en Dirección de Obras
La Dirección de Obras Municipales dispone, en general, de un plazo de 30 días para pronunciarse sobre las solicitudes de permiso. Cuando la solicitud se acompaña de un informe favorable de un Revisor Independiente, este plazo se reduce a 15 días.
Rebaja de un 30% en los derechos municipales
Cuando se acompaña un informe favorable de un Revisor Independiente, los derechos municipales se reducen en un 30%. Esta rebaja considera la participación del Revisor Independiente tanto en el permiso de construcción como en la recepción definitiva de las obras.
Revisión técnica de la documentación

El Revisor Independiente revisa los antecedentes del proyecto y verifica el cumplimiento de las normas legales, reglamentarias y técnicas aplicables, emitiendo el correspondiente informe favorable cuando procede.

Nuestros Servicios

Revisor Independiente de Primera Categoría

  • Revisión de proyectos sin límite de superficie y para todo tipo de destino.

Estudios y Normativas

Asesorías Normativas

Resuelve dudas puntuales de normativa directamente con un Revisor Independiente de Primera Categoría.

Somos especialistas en revisiones, regularizaciones, normativa y diseño

m² revisados

años de experiencia

asesorías realizadas

IMIV desarrollados

Nuestro equipo cuenta con amplia experiencia en revisión de proyectos, regularizaciones, normativa, IMIV, diseño y tramitaciones, asesorando a particulares, empresas y profesionales.

Nuestro sello

Experiencia, criterio y conocimiento normativo aplicados a cada proyecto.

Revisamos cada caso buscando soluciones técnicamente viables y acordes con la normativa vigente.

Nosotros

Somos un equipo de profesionales de la arquitectura, integrado por arquitectos y especialistas con experiencia en revisión de proyectos, regularizaciones, normativa y diseño. Contamos con Revisores Independientes de Arquitectura de Primera Categoría y Revisores de Cálculo Estructural de Primera Categoría.

Nuestro trabajo combina experiencia profesional, análisis técnico y conocimiento normativo para desarrollar soluciones adecuadas a las características y necesidades de cada proyecto. A la fecha, hemos revisado más de 411.000 m² en proyectos de distintas escalas y complejidades.

Asesoramos a particulares, empresas y profesionales en el desarrollo y revisión de sus proyectos.

Empresas e instituciones que han confiado en nosotros

¿En qué podemos ayudarte?

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Certificado TE1

El TE1 es un certificado emitido por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC). Este certificado asegura que una instalación eléctrica cumple con todas las normativas eléctricas vigentes, especificadas en la Norma RIC 2021, la cual sustituye a la anterior norma NCH Elec. 4/2003.

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